¿Alquilas tu propiedad a corto plazo?

Siempre que alquiles tu propiedad a corto plazo (menos de 90 días consecutivos) estás obligado a cobrar a tus huéspedes el impuesto de ocupación de 7% del costo de la habitación y remitir el pago a la Compañía de Turismo de Puerto Rico (CTPR). Como parte de las disposiciones de la Ley, debes registrarte como … Continue reading ¿Alquilas tu propiedad a corto plazo?